DESCARADA Y ESCANDALOSA IMPARCIALIDAD DE MAGISTRADOS (Audiencia del 13 de febrero)
- jueves, febrero 22, 2018
- By Farsa de Juicios
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En la Audiencia del 13 de febrero
El día 13 de
febrero, en la audiencia de Tarata sí concurrió el segundo perito por la
Fiscalía, y la diferencia del primer perito, este testigo también de la Policía
Nacional pero General, supo responder al interrogatorio de la Fiscalía. Además,
la defensa del Dr. Guzmán no presentó ningún contra interrogatorio, habida
cuenta que son los mismos peritos y el mismo informe pericial del ya juzgado
caso Tarata. Exp. 73-95 del 2005, donde se condenó a los ejecutores. Era
insulso formular preguntas en este caso cuando ya no corresponde una nueva
reparación civil porque son los mismos hechos, pero a rajatabla la Procuraduría
exige un aumento de 1 millón de soles por cada acusado, convirtiendo la
reparación en un acto coercitivo, punitivo, anticonstitucional.
Si
en la audiencia anterior se tuvo la sensación de por un lado, dar vueltas y
vueltas para no decidir lo legítimo que favoreciera a los acusados, en esta la
situación fue descarada y escandalosamente quebrantada la imparcialidad de los
3 magistrados, quienes actuaron totalmente a favor del Ministerio Público y la
Procuraduría antidrogas utilizando la normativa legal a su favor y en contra de
los acusados.
Se
trataba de emitir la resolución de nulidad procesal presentada por el Fiscal a
la Resolución de la Sala mediante el cual prescindía de los 3 testigos clave
por haberse cumplido el apercibimiento de ley; tras el falaz argumento que había
un dato nuevo suministrado por la Dircote de ubicación de uno de los testigos
clave, el CDT 1005 quien se encontraba en el Penal Potracancha – Huánuco. Con
ese artilugio la Sala concedió la nulidad procesal en aplicación supletoria del
Código Civil, negando así su resolución anterior.
Una
evidente maniobra política con el fin de justificar la prueba que no tienen los
acusadores.
El
rechazo de la defensa fue contundente, legítimo y político. Rechazaban el
retroceso en el derecho penal respecto al soplonaje legitimado que exime de
investigación al Ministerio Público; rechazaron el mal uso sistemático de los
claves en el Perú por la Dircote durante los años de la guerra, el mismo que se
pretende repetir aquí. Y finalmente, exigieron que por principio de inmediación,
el clave debería de hacerse presente en el Juicio oral, y que no lo hiciera por
video conferencia desde Huánuco y sin la presencia de la Sala sino con la
presencia de la Corte Suprema de Justicia de Huánuco.
También
exigieron que se aplique los candados y restricciones que la ley peruana e
internacional ha puesto para el uso de los testigos clave, por ejemplo, que no
basta el dicho sino que este debe ser referido a los hechos y comprobado con
otras pruebas.
Se
nota con claridad que los quieren condenar como sea y es la segunda audiencia
en la que escandalosamente se viola el debido proceso. Los acusados no tienen
garantía.
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