Séptima audiencia

  • sábado, abril 15, 2017
  • By Farsa de Juicios
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11 de abril 2017

    La audiencia se celebró por disposición del propio Colegiado “A” en la Sala de Audiencias de Piedras Gordas I. El tema central fue la oralización de las Recusaciones hechas por los abogados. En esta oportunidad el Dr. Fajardo declaró que el Acta de la Audiencia anterior era nula porque la audiencia anterior era nula. Otro tema que se trató fue el rechazo de la Sala a dar videos y grabaciones. Asimismo, se impidió que los abogados de la defensa ingresen con grabador, el Dr. Gamero pidió la nulidad de la Resolución que le denegaba la solicitud de las grabaciones de voz de todas las audiencias fundamentando que eso era violación del derecho de defensa. En el mismo sentido el Dr. Puente fundamentó su solicitud de que le entreguen las grabaciones y videos y que se le impide grabar la audiencia, considerando que además de la violación del ejercicio de defensa, esta negativa le impedía fundamentar su propia Recusación puesto que él necesitaba incluir algunas audiencias como prueba de la duda sobre la imparcialidad de los jueces. Lo único que aceptó la Sala fue entregar las Actas previa solicitud y que para los audios y las grabaciones acudieran a solicitarlos a la Sala de Imagen Institucional del Poder Judicial. 

Abogados de la defensa

    En lo referente a la oralización de la Recusación por los abogados de la defensa, ha sido muy bien expuesto y fundamentado. Se ha desenmascarado que el único objetivo de este proceso es condenar a como dé lugar, es decir, el Colegiado está regido por el interés político del Estado. Tanto la oralización como la fundamentación tuvieron una calidad elevada capturando la atención de todos los presentes, por lo que se puede publicar algunos de los escritos, no obstante hay una gran diferencia entre un tema escrito y otro oralizado. Lamentamos no poder transcribir las voces.


Fiscalía y Procuraduría (defensa del Estado)


   La Fiscalía cumplió en esta ocasión con la defensa de los derechos ilimitados del Colegiado “A”. Por lo que se cumple lo que dice Cafferata Nores respecto a que si los acusados tienen enfrente a la Fiscalía acusadora más los jueces acusadores, solamente les queda encomendarse a Dios.* 

   Por otro lado, grata sigue siendo la presencia del público que es el único que puede dar fe de lo aquí consignado, pues este juicio ya no es público por cuanto no se puede grabar, ni se graba ni se filma, aunque después de la deliberación de una hora del colegiado antes de responder con su Resolución rechazando la recusación pusieron una grabadora en la mesa. 

Familiares y amigos de procesados

Es de gran importancia la presencia del público para garantizar el debido proceso. Sin embargo mucho más importante es la fortaleza mutua entre los acusados y el pueblo presente en las audiencias. En conclusión: Esta Audiencia barrió con los jueces y la Fiscalía dejándolos mudos, y su negativa fue inmediatamente objeto de un pedido masivo de nulidad.

* Cafferata Nores: El Ministerio Público tiene facultades requirentes, el abogado facultades de obligatoria defensa para el procesado y el juez (unipersonal o colegiado) funciones decisorias. Cada quien desempeñando su rol configuran la columna vertebral de la justicia penal del estado de derecho obligando a los jueces a no tomar partido por la causa persecutoria dado que “quien tiene al juez como fiscal, requiere a dios como abogado defensor”.

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